Los detractores de la ley aludieron constantemente al fantasma del duopolio.
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El máximo tribunal de justicia en México anuló, por unanimidad, los artículos clave de la ley de radio y televisión, que, según sus detractores, favorecía a los gigantes del sector.
En la votación de este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó los artículos 28 y 28-A que permitían a los concesionarios ofrecer servicios adicionales, como telefonía e internet, sin participar en licitación pública y sin tener que pagar algo al Estado.
La controvertida ley fue aprobada el año pasado en medio del fragor del proceso electoral por la Presidencia de la República. El clima de la reñida competencia electoral ayudó a que los legisladores votaran en su favor, bajo el temor de recibir una mala cobertura en los medios, observan los analistas.
Los críticos de la ley señalaron entonces que se estaba regalando el mercado mexicano a las dos principales cadenas de televisión del país, Televisa y TV Azteca.
Contra subastas
El cabildeo realizado por ambas televisoras, que controlan más del 90% de la industria televisiva mexicana, llevó a que la ley adquiriera el mote de "Ley Televisa". Los detractores aludieron constantemente al fantasma del duopolio.
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ARTÍCULOS CLAVE
28 y 28A - Servicios adicionales gratis y sin licitación
17G - Concesiones a subasta
16 - Plazo fijo de concesiones
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El máximo tribunal lleva cuatro semanas deliberando sobre la ley y, prácticamente, casi todas sus resoluciones han sido contra las empresas de televisión.
También fue declarada "inconstitucional" una parte del artículo 17-G y el artículo 16 que establecían la subasta pública como medio para otorgar nuevas concesiones de radiodifusión y les fijaba vigencia de 20 años.
Según el tribunal, la figura de subasta sólo favorecía a los grupos con gran poder económico, marginando al resto.
Los ministros consideraron, por otro lado, que garantizar un plazo fijo a las concesiones restaba facultades al Estado sobre el espacio electromagnético.
Quedan algunos puntos pendientes de revisión en el máximo tribunal, aunque el corazón de la ley fue ya dictaminado.